Permuta o cambio de vivienda
Entre participantes
Es posible realizar un intercambio de viviendas entre familias de la misma localidad o de distintas localidades.
-
El trámite comienza con una solicitud escrita enviada a las oficinas de MEVIR (Paraguay 1313, Montevideo).
-
La solicitud debe estar firmada por todas las personas interesadas e indicar claramente las viviendas que se desean permutar.
-
Es requisito estar al día con el pago de las cuotas.
Con viviendas de MEVIR
En este caso el cambio se hace dentro de la órbita institucional.
-
Solo procede en situaciones excepcionales vinculadas a problemáticas complejas (por ejemplo, razones de salud que exigen traslado).
-
Todos los titulares deben estar de acuerdo y no debe existir deuda pendiente.
-
Puede implicar cambios en la cuota.
Rescisión voluntaria del contrato
Los participantes pueden solicitar la rescisión de su contrato con MEVIR.
-
La gestión se inicia mediante una solicitud escrita enviada a la sede de MEVIR (Paraguay 1313, Montevideo).
-
Para presentar la solicitud es necesario estar al día con las cuotas.
-
Según lo establecido en el contrato, solo se reembolsan las horas de ayuda mutua aportadas dentro de los primeros 5 años de adjudicación.
-
Una vez aprobada la rescisión por la Mesa Coordinadora, se firma el contrato de rescisión y la vivienda debe entregarse libre de personas, objetos y con los servicios al día.
Cesión de derechos de la vivienda
Entre familiares
Se puede ceder la vivienda a familiares dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
-
El trámite comienza con una solicitud escrita enviada a MEVIR (Paraguay 1313, Montevideo).
-
La nota debe indicar el número de vivienda, la localidad y contar con la firma de quienes ceden y quienes reciben los derechos.
-
Cumplidos 25 años desde la adjudicación, y estando cancelado el precio, ya no es necesaria autorización de MEVIR, aunque igualmente debe enviarse una copia autenticada del documento de cesión.
-
La cesión de derechos entre cónyuges es nula.
A terceros
También se puede ceder la vivienda a una persona que no sea familiar.
-
Se inicia con una solicitud escrita firmada por ambas partes, indicando número de vivienda, localidad y precio.
-
Debe adjuntarse el boleto de reserva.
-
La cesión debe ser aprobada por la Mesa Coordinadora y MEVIR puede ejercer el derecho de preferencia de compra (Ley 13.640).
-
De autorizarse, los participantes deberán cancelar saldo de precio y subsidio pendiente.
-
Cumplidos 25 años desde la adjudicación y con el precio cancelado, no se requiere autorización de MEVIR, aunque sí debe presentarse la documentación autenticada.
Cesión de uso
La cesión de uso es un permiso transitorio para que un tercero habite la vivienda.
-
Debe existir acuerdo entre todos los titulares y estar al día con la cuota.
-
Si la cesión es a familiares directos, no se devuelve el subsidio (solo se paga la cuota).
-
Si la cesión es a terceros, los titulares deben devolver cuota y subsidio durante el período de cesión.
-
El plazo máximo es de 3 años, pudiendo renovarse hasta 3 veces consecutivas.
-
El trámite se realiza mediante formulario y la respuesta se comunica por escrito al participante.
Pérdida de la vivienda
Puede iniciarse un proceso judicial que derive en la pérdida de la vivienda en los siguientes casos:
-
No ocupar la vivienda o permitir su ocupación por terceros sin autorización.
-
Destinarla a usos no residenciales.
-
Atraso en el pago de más de 12 cuotas.
Reparación de vivienda
Si la vivienda presenta alguno de los siguientes problemas, puede solicitarse reparación:
-
Grietas en muros.
-
Hundimiento de pisos.
-
Filtraciones en techos.
-
Pérdidas o roturas en la instalación sanitaria.
Consulte el cuadro de garantías y el Manual de Uso de la Vivienda para más información.
Denuncia de irregularidades
Se pueden denunciar situaciones como:
-
Viviendas deshabitadas.
-
Construcciones o ampliaciones sin autorización (fachadas, garajes, barbacoas, etc.).
-
Viviendas utilizadas para comercio o producción sin permiso.