La presentación de las ofertas se reciben hasta el 30 de junio de 2020.
Los inmuebles ofrecidos deberán tener un frente mínimo de 10 m lineales, no inundable.
Podrán presentarse ofertas que cuenten con construcciones preexistentes en el predio, sean o no viviendas de MEVIR. No hay limitación en cuanto al área del predio (podrán tener desde 300 m 2 en adelante).
Deberán contar con su documentación totalmente en regla, plano de mensura inscripto, títulos de propiedad buenos, perfectos e irresolubles y estar libres de todo embargo, afectación, hipoteca o gravamen de especie alguna.
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